GLOSARIO

Genocidio: la definición más estricta del derecho internacional, y por qué es casi imposible de probar

Actualizado el 12 de septiembre de 2026

Cuando este sitio informa que un órgano de la ONU ha "concluido" o "constatado" un genocidio, se refiere siempre a una determinación concreta conforme a una definición jurídica precisa, no a un juicio de gravedad moral. El genocidio es, por construcción, el crimen internacional con el umbral probatorio más alto: un número enorme de muertes no basta por sí solo, hace falta probar una intención precisa. Esta entrada explica qué se necesita para hablar de ello en sentido técnico, y quién tiene autoridad para acreditarlo.

Qué es

La Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre de 1948 y en vigor desde el 12 de enero de 1951 (153 Estados parte), define en el artículo II el genocidio como cualquiera de cinco actos —matanza de miembros del grupo; lesión grave a la integridad física o mental; sometimiento intencional a condiciones de existencia que hayan de acarrear la destrucción física del grupo; medidas destinadas a impedir nacimientos; traslado forzoso de menores a otro grupo— cometidos "con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal". El artículo III castiga también la tentativa, la asociación, la complicidad y la instigación directa y pública a cometerlo. El Estatuto de Roma recoge la misma definición en el artículo 6.

El elemento que lo hace casi imposible de probar

Lo que distingue al genocidio de otros crímenes masivos no es la escala de las víctimas, sino el "dolus specialis": la intención específica de destruir al grupo como tal, no solo a sus miembros individuales. Un número altísimo de muertes civiles no basta por sí solo: hay que demostrar que la destrucción del grupo, como grupo, era el propósito perseguido, y no un efecto colateral de otro objetivo (militar, territorial, económico). Por eso los tribunales y cortes internacionales distinguen siempre con cuidado entre crímenes de guerra o crímenes de lesa humanidad —que exigen probar la conducta— y el genocidio, que exige además probar la intención.

Quién juzga qué

La Corte Internacional de Justicia juzga a los Estados, por violación de la Convención de 1948 entre Estados parte; puede dictar "medidas provisionales" durante el procedimiento, que no constituyen un fallo sobre el fondo. La Corte Penal Internacional juzga a individuos, con base en el artículo 6 del Estatuto de Roma. Un tercer nivel, no judicial, son las misiones de investigación y comisiones establecidas por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU: pueden concluir que existen "motivos razonables" para creer que hay un genocidio en curso, pero no dictan sentencias ni tienen poder coercitivo. Mantener estos tres niveles separados —determinación judicial sobre el fondo, medida provisional, conclusión de un órgano de investigación— es indispensable para no confundir grados de certeza distintos.

Casos ya citados en este sitio

Este sitio ha aplicado la definición a varios escenarios, con resultados distintos. En Sudán, la Misión de Investigación de la ONU concluyó el 19 de febrero de 2026 que la campaña de las RSF contra las comunidades no árabes zaghawa y fur presenta los rasgos distintivos del genocidio, después de que el gobierno estadounidense ya hubiera emitido su propia determinación en enero de 2025. En Myanmar, la Corte Internacional de Justicia celebró las audiencias de fondo en el caso Gambia c. Myanmar por la campaña de 2017 contra los rohinyás, un procedimiento entre Estados aún sin sentencia definitiva. En la República Democrática del Congo, la referencia es doble: el genocidio de 1994 en Ruanda, hecho histórico acreditado, y una nueva demanda RDC c. Ruanda presentada en 2026 que también invoca la Convención sobre el Genocidio, una alegación recién presentada, no una sentencia. En Etiopía, organizaciones de defensa como el Lemkin Institute califican la situación en Amhara como un genocidio en curso: este sitio lo señala explícitamente como una posición de parte, ya que ningún órgano judicial o de investigación de la ONU la ha confirmado hasta ahora. En Gaza, la Comisión de Investigación de la ONU concluyó en septiembre de 2025 que Israel ha cometido genocidio, apreciando cuatro de los cinco actos prohibidos por la Convención, una conclusión de un órgano de investigación, no una sentencia de la CIJ o la CPI, cuyo caso Sudáfrica c. Israel ante la CIJ sigue abierto y sin fallo sobre el fondo.

Quién aplica en la práctica el Estatuto de Roma, cómo funciona la Corte que nació de él, y por qué una orden de arresto a menudo no basta.

Leer la explicación sobre la CPI

Fuentes: Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, 1948 — ONU · Estatuto de Roma, art. 6 — CPI · Corte Internacional de Justicia

GenocidioDerecho internacional

← Todas las noticias y manifiestos

Mantente informado

Una síntesis esencial, solo cuando un hecho lo merece. Sin spam, sin algoritmo: tu correo sigue siendo tuyo.

Al suscribirte aceptas recibir actualizaciones de I Will Not Look Away. Cancela cuando quieras.