GLOSARIO

El Estatuto de Roma: los cuatro crímenes que define, y los dos enigmas que deja abiertos

Actualizado el 23 de julio de 2026

Cuando este sitio cita "el artículo 8 del Estatuto de Roma" a propósito de un crimen de guerra, se refiere al texto del tratado que en 1998 definió, por primera vez de forma permanente, qué cuenta como delito en el derecho penal internacional. Es un texto distinto de la Corte Penal Internacional que ese texto creó: aquí el objeto no es la institución, sino lo que el Estatuto plasma por escrito como crimen —y dos puntos que deja deliberadamente sin resolver.

Qué es

Adoptado en Roma el 17 de julio de 1998 con una votación de 120 a favor, 7 en contra y 21 abstenciones (Estados Unidos entre los votos en contra), entró en vigor el 1 de julio de 2002, tras la sexagésima ratificación. Un preámbulo y 13 partes definen los crímenes perseguibles, las reglas de jurisdicción, la estructura de la Corte y la cooperación exigida a los Estados.

Los cuatro crímenes (art. 5)

El Estatuto define cuatro categorías: genocidio (art. 6), crímenes de lesa humanidad (art. 7), crímenes de guerra (art. 8), agresión (art. 8bis). El artículo 8 —con diferencia el más citado en este sitio— enumera decenas de conductas específicas prohibidas en conflicto armado: desde ataques deliberados contra civiles hasta el traslado forzoso de población, desde el uso de armas prohibidas hasta los ultrajes a la dignidad de los cuerpos de los enemigos muertos. En este sitio se ha invocado por el uso de fósforo blanco en Gaza y Líbano, por el asesinato de una mujer en su propia casa en Mansouri bajo orden de evacuación, y por el sabotaje del gasoducto Nord Stream imputado como crimen de guerra por un tribunal alemán.

El crimen de agresión: la jurisdicción más restringida

La agresión es el único de los cuatro crímenes con un régimen aparte. Definida solo en 2010 en la Conferencia de Revisión de Kampala, la jurisdicción de la Corte sobre ella se activó recién el 17 de julio de 2018 —veinte años después de la adopción del Estatuto. E incluso activada, sigue siendo restringida: la Corte solo puede investigar una agresión si tanto el Estado agresor como el agredido han aceptado esa jurisdicción, salvo remisión del Consejo de Seguridad. Por eso Rusia no puede ser procesada en la CPI por la agresión contra Ucrania: nunca aceptó esa jurisdicción específica, y una remisión del Consejo de Seguridad queda bloqueada por su propio veto como miembro permanente.

El primer enigma: la inmunidad

El artículo 27 del Estatuto declara la irrelevancia del cargo oficial: un jefe de Estado en ejercicio no goza de inmunidad alguna ante la Corte, ni como motivo de exclusión de responsabilidad ni como atenuante. Pero el artículo 98 prohíbe a la Corte solicitar la entrega de una persona si ello obligara al Estado requerido a actuar de forma incompatible con sus compromisos hacia un tercer Estado en materia de inmunidad diplomática —a menos que ese tercer Estado renuncie a la inmunidad. El resultado es una ambigüedad que los Estados explotan cuando conviene: es precisamente el argumento usado por el embajador de EE. UU. ante la ONU para calificar de "pura escenificación política" la iniciativa del alcalde de Nueva York contra Netanyahu, invocando a la vez la inmunidad de jefe de Estado y las protecciones del acuerdo de sede de la ONU para funcionarios extranjeros de visita —un caso ya cubierto en este sitio.

El segundo enigma: el retiro

El artículo 127 permite a un Estado parte retirarse con un año de preaviso. Burundi lo hizo primero, en 2017; Filipinas en 2019. Un detalle a menudo malentendido: el retiro no borra la jurisdicción de la Corte sobre los hechos ocurridos mientras el Estado era parte —solo vale hacia el futuro.

Quién aplica en la práctica el Estatuto, cómo funciona la Corte nacida de él, y por qué una orden de arresto a menudo no basta.

Leer la explicación sobre la CPI

Casos ya citados en este sitio

El uso de fósforo blanco en Gaza y Líbano, el asesinato de una civil en su propia casa en Mansouri, Líbano, y el sabotaje del gasoducto Nord Stream imputado por un tribunal alemán como crimen de guerra han sido leídos todos a través del artículo 8 del Estatuto —junto, en muchos casos, con el IV Convención de Ginebra que ese mismo artículo codifica como crimen.

Fuentes: Estatuto de Roma, texto íntegro — CPI · Resolución ICC-ASP/16/Res.5 — activación de la jurisdicción sobre la agresión · Coalición por la CPI — las enmiendas de Kampala

Derecho internacional

← Todas las noticias y manifiestos